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Abogados en León

Mi abogado de oficio me quiere cobrar: ¿puede hacerlo?

Cuándo puede cobrar un abogado de oficio, cuándo no puede hacerlo y qué hacer si le llega una factura que no esperaba.

Justicia gratuita · Actualizado el

Pluma estilográfica escribiendo sobre papel

Si piensa «mi abogado de oficio me quiere cobrar», la respuesta depende de una sola cuestión: si tiene reconocida la justicia gratuita. Si se la han reconocido, por regla general no puede cobrarle. Si no la pidió, se la denegaron o renunció a ella, la ley sí le permite reclamarle sus honorarios por el trabajo realizado. A continuación se explica cada supuesto y qué hacer si recibe una factura.

Cuándo puede cobrar un abogado de oficio

Ser «de oficio» indica cómo se designó al abogado, no que el servicio sea gratuito. La Ley 1/1996 de asistencia jurídica gratuita prevé que pueda cobrar en estos casos:

  • No solicitó la justicia gratuita. Ocurre a menudo tras una detención: el abogado de guardia le asiste sin pedirle papeles, pero si usted no presenta después la solicitud, puede cobrarle.
  • Se la denegaron. Si la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita rechaza su solicitud, las designaciones provisionales quedan sin efecto y debe pagar los honorarios del abogado y, en su caso, del procurador.
  • Renunció a ella o se la revocaron por haber dado datos falsos u ocultado información determinante. La revocación obliga a pagar todo lo devengado desde la concesión.
  • Ganó el pleito y obtuvo dinero sin condena en costas. En ese caso debe pagar las costas de su defensa, con el límite de la tercera parte de lo obtenido.
  • Le condenaron en costas y vino a mejor fortuna en los tres años siguientes al final del proceso. Se presume, entre otros casos, cuando sus ingresos superan el doble del límite que le dio derecho a la justicia gratuita.

Si gana el juicio y la otra parte es condenada en costas, es esa otra parte la que debe pagar a su abogado, no usted.

Las mismas reglas se aplican al procurador designado de oficio, que en muchos procesos es obligatorio. Si la solicitud de justicia gratuita está todavía en trámite cuando le llega una factura, espere a la resolución de la Comisión: si le reconoce el derecho, las designaciones provisionales se confirman y el cobro deja de proceder.

Cuándo no puede cobrar

Con la justicia gratuita reconocida, el abogado de oficio no puede pasarle factura por ese asunto: su trabajo lo compensa la Administración a través del Colegio. Tampoco puede:

  • Cobrarle por actuaciones que forman parte de su designación, como preparar la demanda, asistir al juicio o presentar los recursos procedentes en esa instancia.
  • Cobrarle por el mero hecho de que usted decida después contratar a otro abogado, si sigue teniendo reconocido el derecho. Así lo prevén, por ejemplo, las normas del turno de oficio del Colegio de Abogados de León.

Si el abogado de oficio cobra del cliente en uno de los casos permitidos, debe devolver lo que hubiera recibido de fondos públicos por ese asunto.

Qué hacer si le reclaman honorarios

Si le llega una factura del abogado de oficio, no la ignore ni la pague sin más. Siga estos pasos:

  1. Compruebe su situación. ¿Presentó la solicitud de justicia gratuita? ¿Tiene la resolución que se la reconoce? Busque la notificación de la Comisión.
  2. Pida una minuta detallada con las actuaciones realizadas y el criterio usado para calcularla.
  3. Si se la denegaron hace poco, recuerde que la resolución puede impugnarse por escrito y de forma motivada en el plazo de diez días desde la notificación, sin necesidad de abogado.
  4. Si cree que el cobro no procede o es excesivo, plantéelo por escrito al abogado y, si no se resuelve, presente una queja ante el Colegio de Abogados, que supervisa el turno de oficio.

Guarde copia de todo: la solicitud, la resolución, la factura y las comunicaciones. Le servirán para demostrar las fechas y lo que se le informó en cada momento. En León, el servicio de orientación jurídica del Colegio puede orientarle sobre la solicitud y sus requisitos. Los pasos para pedir la justicia gratuita están en el artículo sobre el abogado de oficio.

Cómo evitarlo: pedir la justicia gratuita a tiempo

La mayoría de los conflictos se evitan con una solicitud presentada pronto y completa:

  • Si le asisten en comisaría o en el juzgado de guardia, firme la solicitud que le entrega el abogado y aporte la documentación en cuanto pueda.
  • Si va a iniciar un juicio, preséntela antes en el Colegio de Abogados o en el juzgado de su domicilio.
  • Revise si cumple los límites de ingresos, que se miden en múltiplos del IPREM según el tamaño de su unidad familiar.
  • Comunique cualquier cambio en sus ingresos y no oculte datos: la revocación obliga a pagarlo todo.

Si supera los límites, la alternativa es un abogado de libre elección con un presupuesto cerrado desde el principio. Puede ver cómo se fijan los precios en la página de honorarios de un abogado en León y, para asuntos de trabajo, las opciones del abogado laboralista gratuito.

Preguntas frecuentes

¿Puede cobrarme el abogado de oficio si tengo justicia gratuita?

Por regla general, no. Si la Comisión le ha reconocido la asistencia jurídica gratuita, el abogado cobra de la Administración por ese asunto. Solo hay excepciones previstas en la ley, como ganar el pleito y obtener dinero sin condena en costas, o venir a mejor fortuna tras una condena en costas.

¿Por qué me cobra el abogado que me asistió en comisaría?

La asistencia al detenido se presta sin pedir antes que acredite falta de recursos. Pero si después no solicita la justicia gratuita o se la deniegan, la ley permite al abogado cobrarle los honorarios de su intervención. Por eso conviene firmar y presentar la solicitud que le entregan.

¿Cuánto puede cobrarme un abogado de oficio?

No hay una tarifa única. Cuando puede cobrar, el abogado debe ajustarse a lo realmente trabajado y presentar una minuta detallada. Si gana usted el pleito sin condena en costas, el límite es la tercera parte de lo obtenido. Si la cantidad le parece excesiva, puede consultar al Colegio de Abogados.

¿Pierdo la justicia gratuita si contrato a otro abogado?

Puede renunciar al abogado de oficio y nombrar uno de su confianza sin perder el resto de prestaciones, como la exención de tasas. Lo que no cubre la justicia gratuita son los honorarios del abogado que usted elige. Conviene comunicar la renuncia por escrito a la Comisión y al Colegio.

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